Cuando una pareja decide poner fin a su relación, ya sea matrimonial o de hecho, no solo tiene que resolver los asuntos relacionados con los hijos, los bienes o la pensión, sino también con las deudas que contrajeron durante su convivencia.
¿De quién son esas obligaciones? ¿Cómo se reparten? ¿Qué pasa si uno de los dos no paga?
Frente a estas preguntas, la Sala Civil de la Corte Suprema de Justicia dictó algunos lineamientos que deben tener en cuenta las parejas, tras la disolución de una sociedad conyugal.
De acuerdo con el alto tribunal, las deudas que se contrajeron durante la unión marital de hecho, son de ambas partes y no pueden quedar solo a cargo de uno de sus integrantes.
¿Qué pasa con las deudas cuando se termina una relación? La Corte Suprema lo aclara
Por lo tanto, según la Corte, cuando se rompe una relación, en cuanto al aspecto económico se generan dos momentos: primero, que la disolución que extingue la relación jurídica y, segundo, la liquidación, donde se cuantifica la masa partible, que se distribuye y adjudica entre los miembros de la pareja bajo el criterio de equilibrio económico.
En esos parámetros, indicó la Sala, la regla general actual es que las deudas son obligaciones contraídas socialmente, “por lo que para su exclusión habrá de acreditarse que el pasivo redundó en beneficio exclusivo de uno de los miembros de la pareja”.
Así lo dijo la Corte al estudiar el caso de un hombre y una mujer que vivieron juntos por más de cinco años bajo una unión marital de hecho.
Cuando se liquidó la sociedad conyugal, se incluyó como pasivo, un crédito hipotecario por 101 millones de pesos para una vivienda, así como impuestos prediales y de los vehículos que tenían.
No obstante, en el proceso que se realizó ante un juez de familia, no se incluyeron otras deudas que había asumido el hombre como otro crédito hipotecario o los pagos que él había hecho por 66 millones de pesos para la hipoteca de la vivienda.
El juez negó la petición de incluir estos temas, lo cual fue confirmado por un Tribunal que dijo que las deudas adquiridas en vigencia de la sociedad son personales.
¿Quién paga las deudas después de una ruptura? La Corte Suprema responde
Pero la Corte Suprema revocó esa decisión al indicar que las deudas adquiridas mientras estuvo en marcha la sociedad son de la pareja y deben ser tenidas en cuenta en la liquidación.
Además, señaló que, si uno de los dos no cumple con su parte del pago, el otro puede reclamarle judicialmente.
La Corte también advirtió que, si hay un tercero afectado por el incumplimiento del pago de una deuda contraída por la pareja, este puede demandar a ambos o a cualquiera de ellos para hacer efectivo su derecho.
De esta manera, la Corte Suprema dejó claro que las parejas deben ser responsables y solidarias con las obligaciones económicas que asumen durante su relación y que deben buscar una solución justa y equitativa al momento de separarse.
Lea también: La Corte Suprema de EE.UU. protege el acceso a la píldora abortiva mifepristona
¡Síguenos en Google News, Facebook y Twitter para mantenerte informado con las mejores noticias!