La Audiencia de Barcelona ha condenado al exfutbolista Dani Alves a cuatro años y medio de cárcel por violar a una joven de 23 años en los lavabos de un reservado de la discoteca Sutton, en la noche del 19 de enero de 2023. El tribunal ha dado por probado que Alves penetró vaginalmente a la víctima sin su consentimiento y usando la violencia, y ha rechazado la versión del acusado, que alegaba que hubo una relación consentida.
La sentencia, que no es firme y puede ser recurrida ante el Tribunal Supremo, ha mantenido a Alves en prisión provisional, donde ingresó al día siguiente de los hechos. El tribunal ha valorado como atenuante que el exjugador del FC Barcelona pagara los 150.000 euros de indemnización que reclamaba la víctima por los daños morales y las lesiones sufridas. Sin embargo, no ha apreciado la atenuante de embriaguez, ya que no se demostró que el consumo de alcohol mermara las capacidades de Alves.
Además de la pena de prisión, la sentencia impone a Alves una medida de libertad vigilada de cinco años, que se aplicará una vez salga de la cárcel. También le prohíbe acercarse a menos de un kilómetro de la víctima o comunicarse con ella por cualquier medio durante 10 años. Asimismo, le obliga a participar en programas formativos de educación sexual.
Violencia y ausencia de consentimiento: así fue la violación de Dani Alves a una joven en una discoteca de Barcelona
La sentencia se basa en el testimonio de la víctima, que relató que Alves la cogió por la fuerza, la arrastró al baño, la tiró al suelo y la violó, mientras ella le decía que no y que se quería ir. El tribunal considera que este relato es coherente, persistente y verosímil, y que se corrobora con las pruebas periciales, que detectaron restos de ADN de Alves en la vagina de la víctima, y con las imágenes de las cámaras de seguridad, que mostraron la actitud agresiva de Alves y la resistencia de la víctima.
La sentencia también hace una extensa reflexión sobre el concepto de consentimiento, que es el eje central del caso Alves y que ha sido objeto de debate tras la aprobación de la ley del solo sí es sí. El tribunal afirma que el consentimiento debe ser prestado para cada una de las prácticas sexuales dentro de un encuentro sexual, y que puede ser revocado en cualquier momento. En este caso, el tribunal concluye que no hubo consentimiento por parte de la víctima, sino que hubo violencia por parte de Alves, que sometió la voluntad de la víctima.
La víctima ha recibido la noticia de la condena en el despacho de su abogada, Ester García, quien ha expresado su satisfacción por el fallo. García ha destacado que se ha hecho justicia y que se ha reconocido la verdad de la víctima, que ha sufrido un calvario desde que denunció los hechos. García ha criticado la actitud de Alves, que nunca reconoció su culpa ni pidió perdón a la víctima, y ha pedido respeto para la intimidad y la dignidad de la joven.
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