El Senado colombiano sancionó la Ley de Igualdad Sancionatoria, la cual introduce cambios importantes al Código Nacional de Tránsito Terrestre, Ley 769 de 2002. Esta normativa, impulsada por el senador Gustavo Moreno del partido En Marcha, modifica los artículos 135 y 136, que regulan las condiciones para la inmovilización de vehículos, y pretende aliviar las cargas económicas y administrativas para los conductores del país.
Motociclistas beneficiados por ley que impide la inmovilización de sus vehículos por infracciones leves
La nueva legislación establece que no se procederá a la inmovilización de motos y otros vehículos en casos de infracciones consideradas menores. Estas incluyen:
Transitar en sentido contrario al estipulado.
No detenerse ante una luz roja o amarilla, una señal de “PARE” o un semáforo intermitente en rojo.
Conducir sobre aceras, plazas, separadores, o vías especiales para peatones y ciclistas.
Adelantar en lugares prohibidos como bermas, túneles, puentes, curvas, o pasos a nivel.
Realizar maniobras peligrosas que pongan en riesgo a las personas o la infraestructura.
El senador Moreno señaló que esta ley busca poner fin a lo que calificó como “el negocio de las grúas y parqueaderos”, que representaba una carga desproporcionada para los conductores, especialmente los motociclistas, quienes se veían obligados a pagar sumas elevadas para recuperar sus vehículos inmovilizados.
No obstante, la medida ha suscitado críticas por parte de sectores que consideran que podría fomentar comportamientos irresponsables al volante. Expertos en seguridad vial han advertido que podría disminuir la disuasión de conductas peligrosas.
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