La DIAN pondrá en marcha un nuevo servicio para facilitar la expedición de facturas electrónicas en el país. A partir de la segunda semana de abril, los facturadores podrán generar el documento únicamente con el tipo y número de cédula del comprador.
La herramienta se aplicará tanto para quienes utilizan el servicio gratuito de la entidad como para los que manejan software propio o de terceros.
Con este sistema, bastará con ingresar el número de identificación para que se despliegue el nombre o razón social y el correo electrónico. No será necesario pedir otros datos.
DIAN habilita facturación electrónica con cédula: sin pedir dirección, teléfono ni RUT
La medida busca reducir las barreras que han frenado la emisión ágil de facturas. La DIAN insiste en que esta funcionalidad solo puede usarse con fines de facturación.
Está prohibido utilizarla con otros propósitos. La entidad recuerda que la factura electrónica es obligatoria para todos los contribuyentes, salvo excepciones puntuales previstas por la norma.
Cuando un comprador no aparezca en la base de datos, el facturador solo podrá solicitar tres datos: nombre completo o razón social, tipo y número de identificación y correo electrónico (si desea recibir la factura por ese medio).
Ningún establecimiento podrá exigir dirección, número telefónico, RUT u otros documentos físicos. Así lo establece el artículo 35 de la Resolución 165 de 2023. Si el cliente no entrega su correo, el comercio deberá imprimir la representación gráfica del comprobante sin exigir el dato.
Este nuevo sistema busca agilizar el proceso de compra y proteger los datos personales. La DIAN asegura que la información no podrá ser usada con fines comerciales o para otras bases de datos.
Las empresas prestadoras de servicios públicos también deberán ajustarse a las nuevas reglas. Solo podrán expedir documentos equivalentes electrónicos por el valor del servicio prestado, a menos que el usuario autorice expresamente lo contrario.
Además, si por fallas técnicas o falta de conexión no se puede validar la factura en tiempo real, las compañías tendrán 48 horas para transmitirla a la DIAN.
Este plazo aplica especialmente en zonas rurales o con limitaciones tecnológicas. En esos casos, la empresa deberá entregar copia física del documento al consumidor.
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