La Corte Constitucional de Colombia amplió los derechos de lactancia para todas las personas, independientemente de su identidad de género. Con esta decisión, se garantiza que personas trans, no binarias y otras personas lactantes puedan amamantar en espacios públicos y privados, así como acceder a los permisos laborales destinados para esta actividad, sin enfrentar discriminación.
El fallo responde a una demanda que cuestionaba la exclusión de personas trans y no binarias en las leyes que regulan el derecho a la lactancia. Según los demandantes, las normas vigentes solo mencionaban a “mujeres, madres y trabajadoras”, lo que dejaba por fuera a quienes, pese a no identificarse como mujeres, tienen la capacidad de amamantar.
La Sala Plena del alto tribunal determinó que esta omisión constituye una vulneración al principio de igualdad consagrado en la Constitución. En su análisis, la Corte señaló que el marco legal debe reconocer y proteger a todas las personas en etapa de lactancia, sin limitarse a categorías de género específicas. Además, subrayó que la exclusión de personas trans y no binarias genera un “déficit de protección constitucional intolerable”.
Personas lactantes podrán amamantar en público sin discriminación por identidad, ordena la Corte
En su argumentación, la Corte afirmó que los legisladores omitieron considerar a personas que, aunque no se identifican como mujeres, también atraviesan procesos de lactancia. Esta omisión, según el fallo, vulnera los derechos a la igualdad, a la protección de las personas gestantes antes y después del parto, y al principio de no discriminación.
“El desconocimiento de estas realidades impide que ciertos grupos poblacionales ejerzan el derecho a la lactancia en condiciones de dignidad y seguridad”, concluyó el alto tribunal. Por esta razón, ordenó que las disposiciones legales se interpreten de manera inclusiva, garantizando el acceso a espacios adecuados y permisos laborales para todas las personas lactantes.
La decisión de la Corte también buscó equilibrar el reconocimiento de las luchas históricas de las mujeres con la necesidad de extender las garantías constitucionales a otras identidades. Según el fallo, la protección de la lactancia debe aplicarse a cualquier persona con capacidad de amamantar o involucrada en el cuidado de la primera infancia.
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