En Colombia, estar desnudo en la calle solo será penalizado si se encuentra que quien lo hace exhibe sus genitales para generar acoso o violencia sexual.
Así lo consideró la Corte Constitucional al resolver una demanda presentada contra la expresión “de exhibicionismo que genere molestia a la comunidad”.
Así las cosas, el Código Penal de la Policía Nacional ahora deberá dejar de permitir que los uniformados hagan sus propias interpretaciones respecto a estas expresiones.
¿Qué dijo la Corte de Colombia sobre los desnudos?
Por lo tanto, en adelante los ciudadanos personas podrán protestar, participar en actos culturales o llevar una vida cotidiana al desnudo sin ninguna penalidad o sanción social.
Dicho esto, el salir a la calle en desnudez ya no será objeto de la multa de hasta 6 salarios mínimos legales vigentes contemplada en el Código Penal.
En concreto, el reparo al artículo que se modificó en el Código Penal fue el que consideraba que estas conductas generaban “molestia a la comunidad”- por su ambigüedad.
#EntenderMás | Corte Constitucional dice que protestar desnudo no es exhibicionismo.
Análisis de: @reinamauricio
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— Red+ Noticias (@RedMasNoticias) March 18, 2023